Sujeto sin capacidad operativa · Guía

¿Le compraste a un SSCO? Ordenamos tu prueba a tiempo

¿Le compraste a un proveedor publicado como SSCO? Nuestros asesores revisan contigo tu prueba: qué tienes, qué falta y cómo ordenarla y presentarla.

  • Por Equipo de Capacidad Operativa
  • Publicado el
  • Actualizado el
  • 3 min de lectura

Lo esencial

    Índice del artículo

    Si uno de tus proveedores fue publicado como sujeto sin capacidad operativa (SSCO), seguramente tienes preguntas. Aquí no te vamos a dar una clase. Te proponemos algo concreto: revisar contigo la prueba de tus compras.

    ¿Conversamos? Escríbenos por WhatsApp o déjanos tus datos en el formulario de contacto.

    Comprarle a un SSCO, por sí solo, no te hace evasor

    La calificación se atribuye a tu proveedor. Lo que sí cambia es que, como regla, esas compras dejan de darte crédito fiscal y gasto, salvo que pruebes que fueron reales. Lo explicamos en la nota Ser cliente de un SSCO no te convierte en evasor.

    Si quieres entender el proceso paso a paso, lo tienes en Compré a un proveedor SSCO: cómo proteger tu crédito fiscal. Este espacio es para otra cosa: tu caso y tus documentos.

    Lo que hacemos contigo

    Nuestros asesores se sientan contigo a mirar tu carpeta, compra por compra:

    • Revisamos qué documentos tienes: facturas, órdenes, guías, constancias de recepción, entregables, conformidades, pagos y correos.
    • Vemos qué falta y si hay algún documento real que todavía no ubicaste.
    • Ordenamos todo en una carpeta por comprobante, fácil de seguir.
    • Te ayudamos a presentarlo para que la prueba se entienda con claridad.

    Trabajamos solo con la documentación que existe. No creamos documentos ni prometemos resultados: el resultado depende de la prueba de cada caso y de cómo se valore. Lo nuestro es ayudarte a presentar tu mejor versión, bien ordenada.

    Si quieres adelantar, revisa por tu cuenta el checklist para probar que tu operación fue real y tráelo a la conversación.

    ¿Ya tienes tus documentos a la mano? Escríbenos por WhatsApp o usa el formulario de contacto.

    Cuatro datos que conviene tener presentes

    Te los dejamos en breve. El detalle está en los enlaces de arriba.

    • El D.L. 1532 da 30 días hábiles siguientes a la publicación de tu proveedor en la relación de SSCO para pedir la revisión.
    • Se presenta una solicitud por cada SSCO, con los datos comprobante por comprobante. Si falta información de un comprobante, podrías perder la oportunidad de probarlo.
    • La revisión abre una fiscalización parcial, en la que SUNAT puede revisar también otros aspectos de esos periodos.
    • Si no la pides (y no tienes una fiscalización en curso por esos periodos), en una fiscalización posterior no se admitirá prueba de que esas compras fueron reales. Solo podrías discutir otros aspectos del reparo y, para reclamar o apelar, tendrías que pagar o afianzar.

    Es un trámite delicado y no conviene enfrentarlo solo. Por eso ayuda tener la prueba ordenada desde el inicio.

    Por qué con nosotros

    Nos dedicamos a casos SSCO y a la prueba de operaciones. Trabajamos con un equipo de abogados y contadores especializados que revisa tu caso de principio a fin, y te decimos con honestidad qué vemos sólido y qué vemos débil en tu prueba.

    Si después de revisar tu prueba quieres que te acompañemos en todo el trámite, conoce el servicio de defensa de adquirentes de SSCO.

    Empecemos por tu carpeta

    No necesitas tenerla perfecta para escribirnos. Basta con saber qué proveedor fue publicado y qué compras le hiciste. A partir de ahí, la revisamos juntos.

    Escríbenos por WhatsApp o completa el formulario de contacto.

    Contenido informativo. No reemplaza una asesoría tributaria sobre tu caso concreto.

    ¿Recibiste un requerimiento o una resolución de SUNAT?

    Revisamos tu caso con reserva y te decimos qué plazos corren. Si eres cliente nuevo, tu primera asesoría es gratuita.

    Ve también: Defensa de compradores de proveedores SSCO

    Este contenido es informativo y no sustituye la evaluación de tu caso. Normas revisadas a la fecha de actualización; contrasta siempre con el texto vigente en SPIJ.

    WhatsApp