Incremento patrimonial no justificado

Desbalance patrimonial: cómo SUNAT lo detecta y cómo defenderte

Cómo detecta SUNAT un desbalance patrimonial con el ITF y tu información bancaria, ejemplo de cálculo y qué hacer si te llega una carta inductiva.

  • Por Equipo de Capacidad Operativa
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Lo esencial

  • «Desbalance patrimonial» es el nombre común del incremento patrimonial no justificado (IPNJ).
  • SUNAT lo detecta cruzando lo que declaras con el ITF y la información de bancos y terceros.
  • Una carta inductiva no es una deuda, pero no debes ignorarla.
  • Lo que no justifiques se grava con la escala progresiva del 8 % al 30 %, más multa e intereses.
  • No es delito por sí mismo. Lo que decide el caso son tus documentos.
Índice del artículo

¿Qué es un desbalance patrimonial (IPNJ)?

Es cuando tu patrimonio, tus depósitos o tus gastos crecen más de lo que explican tus ingresos declarados. Si no puedes justificar el origen de esa diferencia, la ley la presume renta no declarada.

Es una figura propia de las personas naturales. No sirven como justificación, por ejemplo, las donaciones sin escritura pública o documento de fecha cierta, ni los préstamos que no cumplan los requisitos del reglamento.

Base legal: Ley del Impuesto a la Renta (LIR), arts. 52 y 92.

Cómo se da cuenta SUNAT de que tienes un desbalance

El ITF: qué ve SUNAT y qué no prueba

El Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) es un pequeño impuesto que los bancos cobran sobre tus movimientos: hoy es 0,005 %. Como queda registrado, a SUNAT le sirve de alerta.

Puedes estimar cuánto movió alguien con una regla de tres: movimiento ≈ ITF ÷ 0,00005. Así, S/ 100 de ITF equivalen a unos S/ 2 000 000 movidos. Es aproximado, porque el impuesto se redondea.

Ojo: ese monto no es ingreso. El ITF suma abonos y cargos, transferencias entre tus propias cuentas y dinero que sale y vuelve a entrar. No mide cuánto creció realmente tu patrimonio.

Aun así, no lo tomes como una defensa segura. En una resolución de 2026 (RTF 03662-12-2026), el Tribunal Fiscal reconoció que los reportes del ITF son solo referenciales, porque no muestran el monto exacto, el origen ni el motivo de las operaciones. Pero confirmó el reparo: SUNAT obtuvo los extractos bancarios y el contribuyente no probó con documentos de dónde venía el dinero. Es un riesgo, no una victoria.

Información bancaria y de terceros

SUNAT recibe datos de bancos, notarios, registros y otros terceros. En ese caso de 2026, SUNAT detectó con el ITF acreditaciones por S/ 10 722 000, frente a solo S/ 52 835,73 de rentas y préstamos reportados. SUNAT pidió el levantamiento del secreto bancario y fiscalizó.

Signos exteriores de riqueza

También cuentan los inmuebles, vehículos, viajes, educación y consumos, valorados a precio de mercado.

Cómo se calcula: ejemplo práctico

Los dos métodos que usa SUNAT

SUNAT elige entre balance más consumo (cuánto varió tu patrimonio más lo que consumiste) y adquisiciones y desembolsos (todo lo que compraste, pagaste o depositaste). En ambos debe excluir las transferencias entre tus cuentas, las diferencias de cambio y los préstamos válidos, y restar tus rentas verificadas y donaciones documentadas.

La base presunta. Lo que queda sin justificar se trata como renta. SUNAT solo puede determinar así si se da una causal legal, como el ocultamiento de ingresos. Revisar si la explicó bien y si aplicó correctamente el método es parte de tu defensa.

Ejemplo aproximado y referencial (no es asesoría). IPNJ de S/ 2 000 000.

Supuestos: ejercicio 2025 con UIT de S/ 5 350; sin otras rentas de trabajo; la persona sí presentó su declaración; no se calculan intereses, aunque en la realidad se suman; y no se restan las 7 UIT, porque esa deducción corresponde a sueldos y honorarios (rentas de trabajo), y este ejemplo no tiene ninguno.

Tramo Base S/ Tasa Impuesto S/
Hasta 5 UIT 26 750 8 % 2 140,00
Más de 5 a 20 UIT 80 250 14 % 11 235,00
Más de 20 a 35 UIT 80 250 17 % 13 642,50
Más de 35 a 45 UIT 53 500 20 % 10 700,00
Más de 45 UIT 1 759 250 30 % 527 775,00
Total 2 000 000 ≈ 28,27 % 565 492,50

Multa: 50 % del impuesto omitido, S/ 282 746,25. Con gradualidad puede bajar según cuándo subsanes, siempre que pagues la multa rebajada: con 95 % de rebaja (antes de cualquier notificación) quedaría en S/ 14 137,31; con 40 % (reclamando y pagando antes del plazo para apelar), en S/ 169 647,75.

Si no presentaste tu declaración anual, la multa es otra (50 % de la UIT).

Base legal: LIR, arts. 46 y 53, y su reglamento; Código Tributario, arts. 176 y 178, y régimen de gradualidad.

Te llegó una carta inductiva o una esquela: qué hacer

La carta inductiva no es una deuda determinada: es una invitación a revisar. Responde dentro del plazo que indique, contado desde que la recibes.

Si la diferencia es correcta: regularizar

Rectificar y pagar antes de que empiece una fiscalización te da la mayor rebaja de multa.

Si no lo es: descargo con pruebas

Explica cada operación con documentos. Una respuesta genérica no basta.

Nuestros asesores pueden revisar contigo la carta y ordenar tus documentos antes de responder.

Si se abre una fiscalización

Requerimientos y requerimiento de cierre

Responde cada requerimiento a tiempo y con pruebas: lo que no presentes ahora puede no admitirse después. Antes del cierre aún hay rebajas importantes de multa.

Si te emiten una resolución: reclamación

Si llegan la resolución de determinación y la de multa, reclama dentro de los 20 días hábiles siguientes a su notificación (se cuentan desde el día hábil siguiente): así evitas la cobranza coactiva mientras se resuelve.

Si la deuda queda firme

Como persona natural, respondes con tu patrimonio: SUNAT puede embargar cuentas, sueldos, inmuebles y vehículos. Una vez notificada la cobranza, tienes 7 días hábiles para pagar antes de que traben embargos. Quedan a salvo los bienes inembargables, como los indispensables para subsistir o para tu oficio, y tu sueldo hasta S/ 2 750 al mes (el exceso solo hasta un tercio). En casos de ocultamiento, SUNAT puede incluso dictar medidas cautelares antes.

Si estás casado, revisa cuánto te atribuyeron: en el caso de 2026, SUNAT imputó solo el 50 % por tratarse de bienes sociales.

Base legal: Código Tributario, arts. 56, 115 a 118 y 137; Código Procesal Civil, art. 648.

Cómo justificar el origen de tus fondos

Sirven los extractos bancarios, contratos con fecha cierta, escrituras de donación, ventas de bienes y herencias. Un préstamo debe tener prestamista identificado, contrato con fecha cierta, entregarse por medios bancarios y ser anterior o simultáneo a la compra.

A tu favor: si SUNAT ya identificó el origen de un abono, no puede sumarlo solo porque no probaste que no te benefició (RTF 01320-12-2024).

Es un proceso delicado: un descargo mal armado puede cerrar puertas. Mejor no lo hagas solo. Si quieres, conoce nuestro servicio de defensa por incremento patrimonial no justificado.


¿Te llegó una carta o esquela de SUNAT? Nuestros asesores, respaldados por PRIVE CONSULTORES ASOCIADOS S.A.C., pueden revisarla contigo. Si quieres, escríbenos por WhatsApp.

Preguntas frecuentes

¿El desbalance patrimonial es lo mismo que el incremento patrimonial no justificado?

Sí. «Desbalance» es el nombre común; la Ley del Impuesto a la Renta lo llama incremento patrimonial no justificado.

¿Cómo detecta SUNAT un desbalance patrimonial?

Cruza lo que declaras con el ITF y la información de bancos y terceros. Si la diferencia es grande, puede pedir el levantamiento del secreto bancario y fiscalizarte.

¿Los movimientos del ITF prueban que tengo ingresos no declarados?

No por sí solos: el Tribunal Fiscal los considera referenciales. Pero si SUNAT obtiene tus extractos, te toca probar el origen de los fondos, y en ese caso confirmó el reparo.

¿Qué hago si SUNAT me notifica por desbalance patrimonial?

Responde dentro del plazo con documentos. Si la diferencia es real, evalúa regularizar pronto, porque la rebaja de la multa disminuye con el tiempo.

¿Una carta inductiva ya es una deuda?

No. La deuda solo se puede cobrar coactivamente cuando hay, por ejemplo, una resolución no reclamada a tiempo. Aun así, conviene responderla.

¿El desbalance patrimonial es delito?

Por sí mismo, no: genera impuesto, multa e intereses. El delito tributario exige engaño deliberado. Si hay indicios de dolo u origen ilícito de los fondos, necesitas asesoría penal-tributaria.

¿Recibiste un requerimiento o una resolución de SUNAT?

Revisamos tu caso con reserva y te decimos qué plazos corren. Si eres cliente nuevo, tu primera asesoría es gratuita.

Ve también: Defensa por incremento patrimonial no justificado

Este contenido es informativo y no sustituye la evaluación de tu caso. Normas revisadas a la fecha de actualización; contrasta siempre con el texto vigente en SPIJ.

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